Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos

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Objeto

El objetivo del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos es establecer las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de Producto químico peligrosos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos y almacenes, incluidos los recintos, comerciales y de servicios.

No resultará de aplicación este reglamento, en instalaciones con capacidad inferior a:

Producto Clase Límite
Solidos tóxicos T+ 50 kg
Solidos tóxicos T 250 kg
Solidos tóxicos Xn 1000 kg
Comburentes - 500 kg
Solidos corrosivos a 200 kg
Solidos corrosivos b 400 kg
Solidos corrosivos c 1000 kg
Irritantes - 1000 kg
Sensibilizantes - 1000 kg
Carcinogénicos - 1000 kg
Mutagénicos - 1000 kg
Tóxicos para la reproducción - 1000 kg
Peligrosos para el medioambiente - 1000 kg


IMPORTANTE: cuando en una misma instalación se almacenen diferentes tipos de Producto químico peligrosos, y por lo tanto resulten de aplicación varias Instrucción Técnica Complementarias, se deberán aplicar las prescripciones y requisitos técnicos más exigentes (Art. 9).

Contenido

Inscripción y control de las instalaciones (Art. 3 y 4)

Los almacenamientos a los que les resulta de aplicación este real decreto, deberán ser inscritos por medio de un proyecto, elaborado por un técnico competente y visado por el Colegio Oficial, en el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

El proyecto se redactará según las indicaciones de la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) que resulte de aplicación, en el caso de existir. Pudiendo cambiar el contenido del proyecto a presentar, según lo indicado en ella.

Sin contradecir las indicaciones de la ITC aplicable, se podrá sustituir el proyecto por un documento más sencillo, cuando las cantidades almacenadas son las siguientes:


Producto Clase Límite inferior Límite superior
Solidos tóxicos T+ 50 kg 250 kg
Solidos tóxicos T 250 kg 1250 kg
Solidos tóxicos Xn 1000 kg 5000 kg
Comburentes - 500 kg 2500 kg
Solidos corrosivos a 200 kg 1000 kg
Solidos corrosivos b 400 kg 2000 kg
Solidos corrosivos c 1000 kg 5000 kg
Irritantes - 1000 kg 5000 kg
Sensibilizantes - 1000 kg 5000 kg
Carcinogénicos - 1000 kg 5000 kg
Mutagénicos - 1000 kg 5000 kg
Tóxicos para la reproducción - 1000 kg 5000 kg
Peligrosos para el medioambiente - 1000 kg 5000 kg


Una vez ejecutado el proyecto, se solicitará al órgano competente de la Comunidad Autónoma la inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales, notificando su puesta en servicio. Y presentando la siguiente documentación adicional:

  • Certificado del Director de la Obra (Dirección facultativa), indicando que la instalación se la realizado cumpliendo los requerimientos del proyecto. En el caso de que la instalación no requiera de un proyecto, dicho certificado deberá ser emitido por un Organismo de Control Autorizado.
  • Documentación que atestigüe el cumplimiento de los requisitos de la instalación.

El titular de la instalación de almacenamiento deberá presentar cada 5 años, un certificado de un Organismo de Control Autorizado que acredite la conformidad de la instalación. Y que se han llevado a cabo:

  • Las inspecciones periódicas marcadas por la ITC que corresponda.
  • Las pruebas de estanqueidad, o en su defecto la comprobación del sistema de detección de fugas.

Obligaciones y responsabilidades (art. 6)

Las obligaciones y responsabilidades del titular de la instalación de almacenamiento son:

  • Cumplir con los requisitos establecidos en este reglamento y las Instrucción Técnica Complementarias que resulten de aplicación.
  • Disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil.
  • Conservar de manera adecuada las instalaciones, y realizar las inspecciones y revisiones establecidas por la ley.

Gestión de accidentes (Art. 7)

En caso de accidente, se deberá:

Enlaces

Ver R.D. 379/2001 Reglamento almacenamiento productos químicos.

Ver ITC MIE APQ 1: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.

Ver ITC MIE APQ 2: Almacenamiento de óxido de etileno.

Ver ITC MIE APQ 3: Almacenamiento de cloro.

Ver ITC MIE APQ 4: Almacenamiento de amoníaco anhidro.

Ver ITC MIE APQ 5: Almacenamiento y utilización de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

Ver ITC MIE APQ 6: Almacenamiento de líquidos corrosivos.

Ver ITC MIE APQ 7: Almacenamiento de líquidos tóxicos.