Diferencia entre revisiones de «Medios de coordinación»

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Última revisión de 11:37 14 oct 2016

Definición

Los medios de coordinación son todos los recursos que pueden emplearse en el centro de trabajo para llevar a cabo la coordinación de actividades empresariales.

Extraída de la NTP 918: Coordinación de actividades empresariales (I).

Estos medios de coordinación se regulan en el Capítulo V del R.D. 171/2004 Coordinación de Actividades Empresariales.

Posibles medios de coordinación

En el Artículo 11 del R.D. 171/2004 Coordinación de Actividades Empresariales, se incluye una lista no exhaustiva de los posibles medios de coordinación a utilizar:

Enlaces

Ver Coordinación de Actividades Empresariales.

Ver R.D. 171/2004 Coordinación de Actividades Empresariales.

Ver Coordinador de actividades preventivas.

Ver Empresa concurrente.

Ver Concurrencia.