Técnico Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales
En el R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención, se fijan los distintos roles en materia de Prevención de riesgos laborales con sus funciones y requisitos a cumplir. Que para un Técnico Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales son:
Funciones
Las funciones para las cuales está capacitado un Técnico de nivel intermedio, además de las realizadas por un Técnico Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales, son:
- Promover la Prevención de riesgos laborales y su integración en la organización.
- Realizar las Evaluación de riesgos necesarias, excepto las limitadas al Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales.
- Formar e informar a los trabajadores, en contenidos básicos.
- Controlar que las condiciones de trabajo son adecuadas, que se cumplen los programas de reducción y control del riesgo.
- Participar en la realización de la Planificación de la actividad preventiva.
- Dirigir la aplicación de los protocolos incluidos en el Plan de emergencias, y Primeros auxilios.
- Colaborar y coordinar actividades con los Servicio de Prevención si es necesario.
- Servir de apoyo y colaboración en las tareas de nivel superior.
Requisitos
El contenido mínimo del programa de formación de un Técnico de nivel intermedio, son:
- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo (20 horas).
- Metodología de la prevención I: técnicas generales de análisis, evaluación y control de los riesgos (170 horas).
- Metodología de la prevención II: técnicas específicas de seguimiento y control de los riesgos (40 horas).
- Metodología de la prevención III: promoción de la prevención (20 horas).
- Organización y gestión de la prevención (50 horas).
Aquellos profesionales que viniesen realizado estas funciones antes de la entrada en vigor de este Real Decreto o sus posteriores modificaciones, podrán seguir realizando dichas funciones pese a no cumplir los requisitos definidos anteriormente, siempre que cumplan los requisitos indicados en la Disposición adicional quinta del R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.
Enlaces
Ver R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.
Ver R.D. 1161/2001 Técnico superior en Prevención de Riesgos Profesionales.