Registro de Empresas Acreditadas

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Definición

El Registro de Empresas Acreditadas o REA, es un servicio administrativo y carácter público, gestionado por la autoridad competente laboral de cada Comunidad Autónoma, dirigido a llevar un control de las empresas autorizadas a participar en obra de construcción dentro del territorio nacional.

Cuando es necesario

Cualquier empresa u organización que participe como contratista o subcontratista en una obra de construcción, deberá estar registrado en el REA de su Comunidad Autónoma con anterioridad a su contratación por el promotor o contratista.

La inscripción en el REA es única para todo el pais, por lo que no será necesario inscribirse en los registros de cada Comunidad Autónoma donde se desarrolle la actividad y se disponga del domicilio fiscal.

Solicitud

La inscripción se deberá presentar en el registro dependiente de la autoridad competente de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, antes de participar en un proceso de subcontratación de una obra de construcción. Y deberá contener:

  • La solicitud según el modelo establecido, que contendrá datos básicos de la organización:
  1. Nombre de la empresa.
  2. Número de identificación fiscal.
  3. Código de cuenta de cotización de la Seguridad Social.
  4. Actividad de la empresa, indicando su CNAE.
  5. Firma, fecha y lugar del solicitante.
  • Una declaración del empresario, o el representante legal, que indique que la empresa:
  1. Dispone de la organización y recursos mínimos materiales y personales para desarrollar la actividad para la que es contratada.
  2. Que asume los riesgos, las obligaciones y las responsabilidades propias de la actividad que desarrolla.
  3. Que ejerce la dirección y organización del trabajo que realizan sus trabajadores en la obra de construcción.
  • Y la documentación que acredite que:
  1. Que los recursos humanos, tanto directivos como productivos, disponen de la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales.
  2. Que la empresa dispone de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Inscripción

Para realizar la inscripción se deberán completar los siguientes pasos:

  1. Se presentará la solicitud en cualquier oficina de registro de la Comunidad Autónoma, dirigida al Registro de Empresas Acreditadas.
  2. Si se cumplen todos los requisitos y la solicitud es correcta, se efectuará la inscripción por la autoridad competente, que asignará una clave individual de identificación registral.
  3. Si la solicitud no cumple con los requisitos, se notificará al solicitante la subsanación de los errores en un plazo de 10 días. Si no lo hace en dicho plazo, su petición se entenderá como desistida.
  4. La denegación de la solicitud será dictada por la autoridad competente en un plazo máximo de 15 días desde la entrada de la solicitud, y será notificada en los 10 días siguientes.

Clave de identificación registral

La clave de identificación registral es única para cada empresa registrada, y no será reutilizada por la misma u otra empresa una vez se cancele la inscripción a la que hace referencia en el registro.

La clave está formada por un total de once dígitos:

  • Los dos primeros serán identificativos de la autoridad competente laboral. Por ejemplo: Andalucía 01, Aragón 02, Cataluña 09, Madrid 12, País Vasco 15 y Valencia 17.
  • Los dos siguientes corresponderán al código interno que le asigne dicha autoridad.
  • Y los siete últimos recogerán el número de orden correlativo de inscripción asignado.

Renovación

La inscripción en el REA tendrá validez durante 3 años. Y ésta se podrá renovar desde 6 meses antes de su caducidad, para otro periodo de 3 años.

En el caso de caducar por superar dicho plazo, la empresa deberá solicitar su inscripción en el registro como si fuera la primera vez. Asignándole una nueva clave individual de identificación registral.

Si la empresa no solicita la renovación, la inscripción pasará al estado “cancelada” de manera automática.

Cambios

Cualquier cambio en la información incluida en la solicitud presentada por el solicitante, deberá ser comunicado en el mes siguiente de haberse producido dicho cambio.

En cualquier momento, la empresa puede ser requerida por la autoridad competente a justificar la veracidad de la información presentada y del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Cuando la empresa cambie de domicilio, la comunicación de variación de datos se dirigirá a la autoridad competente laboral correspondiente al nuevo domicilio. Esta comunicación cambiará la inscripción en el nuevo REA por el tiempo que restaba hasta su renovación, y provocará la cancelación automática de la inscripción en el REA del domicilio anterior.

Cancelación

La empresa podrá solicitar la cancelación de su inscripción en el REA cuando deje de realizar actividades en obra de construcción, o deje de cumplir los requisitos exigidos. Esta solicitud se realizará en oficina de registro correspondiente, utilizando el modelo establecido para esta tarea, en el plazo de 1 mes.

La cancelación podrá ser de oficio, cuando sea la autoridad competente quien cancele la inscripción. Motivada por que la Inspección de Trabajo haya detectado que la empresa haya cesado su actividad o no cumpla los requisitos de inscripción. La empresa dispondrá de un plazo de 15 días para presentar las alegaciones que considere oportunas.

Certificado relativo a la inscripción en el registro de una subcontrata

Cualquier promotor, contratista o subcontratista que contrate a una empresa dentro del marco de obra de construcción, podrá solicitar a la autoridad competente un certificado de que dicha empresa está inscrita en el REA.

El disponer de dicho certificado, dará a entender que ha cumplido con la obligación de vigilar el cumplimiento de la empresa subcontratada de sus obligaciones respecto al Artículo 4 del R.D. 1109/2007 desarrolla Ley 32/2006 Subcontratación en Construcción.

Dicho Certificado deberá ser solicitado dentro del mes anterior al inicio del contrato. Y deberá ser emitido por la autoridad competente en un plazo máximo de 10 días desde su petición.

Funciones administrativas del REA

Los Registro de Empresas Acreditadas de cada Comunidad Autónoma, serán de naturaleza administrativa y carácter público, y entre sus funciones destacan:

  • Tramitar las inscripciones, modificaciones, renovaciones y cancelaciones en el REA.
  • Expedir los certificados de inscripción de cualquier empresa registrada, a petición de cualquier persona o empresa.
  • Conservar y custodiar la documentación aportada por las empresas registradas.
  • Cualquier otra función que se les asigne.

Enlaces

Ver R.D. 1109/2007 desarrolla Ley 32/2006 Subcontratación en Construcción.

Ver Ley 32/2006 Subcontratación en Construcción.

Ver Subcontratación.

Ver Nivel de subcontratación.

Ver R.D. 1627/1997 Obras de Construcción.

Ver Libro de Subcontratación.