R.D. 656/2017 Reglamento almacenamiento productos químicos

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Artículo único

Este real decreto tiene como principal objetivo la aprobación y puesta en vigor del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (APQ) y de sus Instrucción Técnica Complementarias (ITCs).

Ver texto completo en BOE: Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.

Cambios respecto R.D. 379/2001

Los principales cambios respecto al R.D. 379/2001 Reglamento almacenamiento productos químicos, son:

Disposiciones adicionales y transitorias

Entre las disposiciones adicionales de este real decreto, se fijan excepciones en la aplicación del reglamento y de sus Instrucción Técnica Complementarias. Entre las que destacan:

  • Necesidad de elaborar una Guía Técnica por parte del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (Disposición Adicional Primera).
  • Posibilidad de aceptación del órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma, de habilitar soluciones técnicas alternativas en aquellos casos que se considere que no es posible cumplir las prescripciones del Reglamento y las ITCs (Disposición adicional Segunda).
  • Se dispone de 18 meses desde la publicación de este Real Decreto, para que los Organismos de Control, OCA, habilitados de acuerdo con lo previsto con el R.D. 379/2001 Reglamento almacenamiento productos químicos, sean acreditados y habilitados con arreglo a la nueva normativa (Disposición Transitoria Primera).

Anexo

Esta disposición legal, incluye como anexo el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, y las siguientes ITCs:

Enlaces

Ver Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.

Ver R.D. 379/2001 Reglamento almacenamiento productos químicos.

Ver Agente químico.

Ver Agente químico peligroso.

Ver R.D. 374/2001 Agentes químicos.