Local de primeros auxilios

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Definición

Se denomina Local de primeros auxilios al recinto cerrado dentro del centro de trabajo, dedicado a poder proporcionar los primeros auxilios y otras curas al personal herido en un accidente de trabajo en la empresa. Siendo utilizada de manera exclusiva para este fin.

Cuando es obligatorio

Será obligatorio disponer de un local de primeros auxilios, en aquellos lugares de trabajo de más de 50 trabajadores. Y en los que superando los 25 trabajadores, la Autoridad laboral determine que sea necesario debido a:

  • La peligrosidad de los trabajos realizados en la empresa.
  • La complicación para acceder al centro de asistencia sanitaría más próximo.

Que requisitos debe cumplir

Los locales de primeros auxilios deberán contener como mínimo:

  • Un botiquín.
  • Una camilla.
  • Una fuente de agua potable.

Además deberán…

  • Estar cerca de los puestos de trabajo.
  • Disponer de un acceso sencillo para las camillas.
  • Estar claramente señalizados.

Enlaces

Ver Anexo VI del R.D. 486/1997 Lugares de trabajo.

Ver NTP 458: Primeros auxilios en la empresa: organización.