Reglamento electrotécnico para baja tensión
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Objeto
Este Reglamento establece las condiciones técnicas que deben cumplir las Instalación eléctricas conectadas a fuentes de suministro de baja tensión, para garantizar: la seguridad de las personas y los bienes, su correcto funcionamiento, la compatibilidad con otras instalaciones, y mejorar su fiabilidad y eficiencia (Art. 1).
Resultará de aplicación a aquellas instalaciones cuyos límites de tensión nominal, sean:
Corriente alterna | ≤ 1.000 voltios |
Corriente continua | ≤ 1.500 voltios |
Que a su vez se clasifican (Art. 4):
Corriente alterna | Corriente continua | |
Muy baja tensión | Un ≤ 50V | Un ≤ 75V |
Tensión usual | 50V < Un ≤ 500V | 75V < Un ≤ 750V |
Tensión especial | 500V < Un ≤ 1000V | 750V < Un ≤ 1500V |
Contenido
En este Real Decreto se fijan requisitos sobre:
- Tensiones y frecuencias de las redes (Art. 4).
- Perturbaciones con redes de telecomunicaciones (Art. 5).
- Equipos y materiales utilizados en las instalaciones (Art. 6).
- Coincidencia en circuitos con otras tensiones superiores (Art. 7).
- Definición de redes de distribución y alumbrado exterior (Art. 8 y 9, ITC BT 09 Instalaciones de alumbrado exterior).
- Tipos de suministro: normales y complementarios (Art. 10).
- Instalaciones en locales especiales (Art. 11, ITC BT 30 Instalaciones en locales de características especiales).
- Ordenación de cargas para agrupaciones de consumos (Art. 12, ITC BT 10 Previsión de cargas para suministros en baja tensión), y reserva de local (Art. 13).
- Especificaciones de las empresas suministradoras (Art. 14).
- Acometidas e instalaciones de enlace (Art. 15, ITC BT 11 Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas), fijando requisitos para:
- Los esquemas, ITC BT 12 Instalaciones de enlace. Esquemas.
- Las cajas generales, ITC BT 13 Instalaciones de enlace. Cajas generales de protección.
- La línea general de alimentación, ITC BT 14 Instalaciones de enlace. Línea general de alimentación.
- Las derivaciones individuales, ITC BT 15 Instalaciones de enlace. Derivaciones individuales.
- Los contadores, ITC BT 16 Instalaciones de enlace. Contadores: ubicación y sistemas de instalación.
- Los dispositivos de mando y protección, ITC BT 17 Instalaciones de enlace. Dispositivos generales e individuales de mando y protección. Interruptor de control de potencia.
- Instalaciones interiores o receptoras (Art. 16, ITC BT 19 Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales). Con requisitos específicos para:
- Los sistemas de instalación, ITC BT 20 Instalaciones interiores o receptoras. Sistemas de instalación.
- Los tubos y canales protectoras, ITC BT 21 Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras.
- La protección contra sobreintensidades, ITC BT 22 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades.
- La protección contra sobretensiones, ITC BT 23 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobretensiones.
- La protección contra los contactos, ITC BT 24 Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra los contactos directos e indirectos.
- Los receptores y puesta a tierra (Art 17, ITC BT 18 Instalaciones de puesta a tierra, ITC BT 43 Instalación de receptores. Prescripciones generales). Entre los receptores, destacan:
- Los receptores para alumbrado, ITC BT 44 Instalación de receptores. Receptores para alumbrado.
- Los aparatos de caldeo, ITC BT 45 Instalación de receptores. Aparatos de caldeo.
- Los cables y folios radiantes en viviendas, ITC BT 46 Instalación de receptores. Cables y folios radiantes en viviendas.
- Los motores, ITC BT 47 Instalación de receptores. Motores.
- Los transformadores y autotransformadores, las reactancias y rectificadores y los condensadores, ITC BT 48 Instalación de receptores. Transformadores y autotransformadores. Reactancias y rectificadores. Condensadores.
- Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones (Art. 18, ITC BT 04 Documentación y puesta en servicio de las instalaciones).
- Información de los usuarios (Art. 19).
- Mantenimiento e inspecciones de las instalaciones (Art. 19 y 20, ITC BT 05 Verificaciones e inspecciones).
- Instaladores autorizados (Art. 22, ITC BT 03 Instaladores autorizados y empresas instaladoras autorizadas).
- Cumplimiento de prescripciones (Art. 23).
- Excepciones (Art. 24).
- Normas equivalentes en UE, y de referencia (Art. 25 y 26).
- Accidentes (Art. 27).
- Infracciones y sanciones (Art. 28).
- Guía técnica (Art. 29, Guía Técnica de aplicación al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión).
Enlaces
Ver R.D. 842/2002 Reglamento electrotécnico para baja tensión.