Principios de la acción preventiva

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Principios

Los principios fundamentales que tienen que guiar al empresario a la toma de decisiones en las acciones que realice en relación a Prevención de Riesgos Laborales, son los siguientes:

  • Evitar los riesgos como primera opción, y evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  • Combatir los riesgos en su origen o su foco emisor.
  • Adaptar el trabajo a la persona, y no la persona al trabajo. En relación a la elección de los equipos y definición de los métodos de trabajo y de producción, con la idea de evitar o reducir el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud del trabajador.
  • Tener en cuenta la evolución de la técnica y cambios tecnológicos.
  • Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  • Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo
  • Priorizar siempre las medidas de protección colectiva a la individual.
  • Dar la adecuada formación, información e instrucciones de trabajo a los trabajadores.
  • Tener en consideración las capacidades profesionales y personales de los trabajadores en el momento de asignarles tareas.
  • Adoptará las medidas necesarias para garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico.
  • La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea substancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.
  • Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal.

Enlaces

Ver art. 15 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.