Diferencia entre revisiones de «Punto de autoignición»

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Última revisión de 11:28 17 ago 2016

Definición

Se entiende por Punto de autoignición, la mínima temperatura en grados centígrados a 760 mm de Hg a la que una sustancia sólida, líquida o gaseosa en contacto con el aire arde espontáneamente sin necesidad de ningún aporte energético a la mezcla.

Extraída de la NTP 47: Parámetros de interés a efectos de incendio de las sustancias químicas más usuales. Valores.

Enlaces

Ver ITC MIE APQ 1: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.

Ver Punto de inflamación.