Diferencia entre revisiones de «Accidente de trabajo»

De prlwiki
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Página creada con «==Definición== Se considera Accidente de trabajo, toda lesión corporal que sufre un trabajador con ocasión o como consecuencia de su trabajo, tanto en el trayecto de...»
 
Sin resumen de edición
 
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario)
Línea 5: Línea 5:


Es de uso muy común el uso del acrónimo '''AT''' para referirse a él.
Es de uso muy común el uso del acrónimo '''AT''' para referirse a él.
==Plazos de notificación==
Dependiendo de la gravedad del accidente, los plazos son:
*Accidente '''grave, muy grave, mortal o múltiple''' (+4 personas), '''24 horas''' desde la hora del accidente. Excepto en los in itinere.
*Accidente '''con baja''' médica: '''5 días hábiles''' desde la fecha del accidente o la baja.
*Accidente '''sin baja''' médica: '''Mensual'''mente, dentro de los 5 dias hábiles de cada mes.
*Altas de accidente: '''Mensual'''mente, antes del día 10 del mes siguiente. Esta notificación la hace la entidad gestora del empresario.
==Enlaces==
==Enlaces==
Ver [[R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social]].
Ver [[R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social]].
Ver [[Investigación de accidente de trabajo]].

Revisión actual - 22:31 12 nov 2015

Definición

Se considera Accidente de trabajo, toda lesión corporal que sufre un trabajador con ocasión o como consecuencia de su trabajo, tanto en el trayecto de su domicilio al centro de trabajo y viceversa (in itinere) como dentro de éste.

Extraída del art.115 del R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social.

Es de uso muy común el uso del acrónimo AT para referirse a él.

Plazos de notificación

Dependiendo de la gravedad del accidente, los plazos son:

  • Accidente grave, muy grave, mortal o múltiple (+4 personas), 24 horas desde la hora del accidente. Excepto en los in itinere.
  • Accidente con baja médica: 5 días hábiles desde la fecha del accidente o la baja.
  • Accidente sin baja médica: Mensualmente, dentro de los 5 dias hábiles de cada mes.
  • Altas de accidente: Mensualmente, antes del día 10 del mes siguiente. Esta notificación la hace la entidad gestora del empresario.

Enlaces

Ver R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social.

Ver Investigación de accidente de trabajo.