Diferencia entre revisiones de «Riesgo»

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Revisión de 09:46 6 ago 2016

Definición

El Riesgo se define como el “Grado de pérdida o daño esperado sobre las personas y los bienes y su consiguiente alteración de la actividad socioeconómica, debido a la ocurrencia de un efecto dañino específico”.

Extraída del Anexo III del Real decreto 393/2007 Norma Básica de Autoprotección de los centros con actividades que puedan originar emergencias.

Enlaces

Ver Riesgo laboral.

Ver Riesgo químico.

Ver Riesgo psicosocial.

Ver Riesgo eléctrico.

Ver Evaluación de riesgos.

Ver Gestión del riesgo.

Ver Real decreto 393/2007 Norma Básica de Autoprotección de los centros con actividades que puedan originar emergencias.