R.D. 238/2013 modifica R.D. 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

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Contenido

Artículo 1: Modificación de la Parte 1 “Disposiciones generales”

Se modifican los siguientes puntos:

  • Artículo 2 “Ámbito de aplicación”.
  • Artículo 18 “Condiciones de los equipos y materiales”, Apartado 1.
  • Artículo 24 “Puesta en servicio de la instalación”, Apartado 11.
  • Artículo 25 “Titulares y usuarios”, Apartado 5.
  • Artículo 28 “Certificado de mantenimiento”.
  • Artículo 29 “Inspección: Generalidades”.
  • Artículo 31 “Inspecciones periódicas de eficiencia energética”.
  • Artículo 37 “Acreditación para el ejercicio de la actividad profesional”.
  • Artículo 42.1 “Requisitos para la obtención del carné profesional”, Epígrafe b.1.

Artículo 2: Modificación de la Parte 2 “Instrucciones técnicas”

Se modifican los siguientes puntos:

  • IT 1.1.4.1.1 “Generalidades”.
  • IT 1.1.4.1.4 “Otras condiciones de bienestar”.
  • IT 1.1.4.2.4 “Filtración del aire exterior mínimo de ventilación”.
  • IT 1.1.4.2.5 “Aire de extracción”.
  • IT 1.1.4.3.1 “Preparación de agua caliente para usos sanitarios.” Apartado 2.
  • IT 1.2.2 “Procedimiento de verificación” Apartado 2.
  • IT 1.2.4.1.2.1 “Requisitos mínimos de rendimientos energéticos de los generadores de calor”.
  • IT 1.2.4.1.2.2 “Fraccionamiento de potencia”.
  • IT 1.2.4.1.3.2 “Escalonamiento de potencia en centrales de generación de frío.” Apartado 3.
  • IT 1.2.4.1.3.3 “Maquinaria frigorífica enfriada por aire” Apartado 1.
  • IT 1.2.4.2.1.1 “Aislamiento térmico de redes de tuberías: Generalidades” Apartado 1.
  • IT 1.2.4.2.1.2 “Procedimiento simplificado” Apartados 1, 7 y 9. Tablas 1.2.4.2.3, 1.2.4.2.4 y 1.2.4.2.5.
  • IT 1.2.4.2.2 “Aislamiento térmico de redes de conductos” Apartado 2.
  • IT 1.2.4.2.4 “Caídas de presión en componentes”.
  • IT 1.2.4.2.6 “Eficiencia energética de los motores eléctricos”.
  • IT 1.2.4.3.1 “Control de las instalaciones de climatización” Apartados 2 y 6.
  • IT 1.2.4.3.3 “Control de la calidad de aire interior en las instalaciones de climatización”.
  • IT 1.2.4.4 “Contabilización de consumos”.
  • IT 1.2.4.5.1 “Enfriamiento gratuito por aire exterior”.
  • IT 1.2.4.5.2 “Recuperación de calor del aire de extracción” Apartado 2.
  • IT 1.2.4.6 “Aprovechamiento de energías renovables y residuales”.
  • IT 1.2.4.7.3 “Acción simultánea de fluidos con temperatura opuesta”.
  • IT 1.3.4.1.1 “Generación de calor y frío: Condiciones Generales” Apartado 2.
  • IT 1.3.4.1.2.6 Apartado 3.b “Calderas de cámara de combustión abierta y tiro natural”.
  • IT 1.3.4.1.3.2 “Diseño y dimensionado de chimeneas” Apartados 3 y 5.
  • IT 1.3.4.1.4 “Almacenamiento de biocombustibles sólidos”.
  • IT 1.3.4.2.2 “Alimentación”.
  • IT 1.3.4.2.7 “Golpe de ariete”.
  • IT 1.3.4.2.12 “Unidades terminales”.
  • IT 3.3 “Programa de mantenimiento preventivo”.
  • IT 3.8.2 Apartados 2 y 3.
  • IT 4.2.1 “Inspecciones de los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria”.
  • IT 4.2.2 “Inspección de los sistemas de las instalaciones de aire acondicionado”.
  • IT 4.3.1 “Periodicidad de las inspecciones de los sistemas de calefacción y agua caliente sanitaria”.
  • IT 4.3.2 “Periodicidad de las inspecciones de los sistemas de aire acondicionado”.
  • Apéndice 1. Se eliminan las definiciones de: ODA 1, ODA 2, ODA 3, ODA 4, ODA 5 y potencia térmica nominal. Y se incluyen las de: Caldera, Calentador de agua caliente sanitaria a gas, ODA 1, ODA 2, ODA 3 (ODA 3G y ODA 3P), Potencia útil nominal, Rendimiento útil y Zona térmica.
  • Apéndice 2. Se actualizan las normas de referencia.

Artículo 3: Adaptación a la nueva estructura orgánica ministerial

Actualiza las responsabilidades fijadas a determinados ministerios que han desaparecido, a los que ejercerán dichas obligaciones a partir de ahora.

Disposición transitoria única

Se fija un plazo de 5 años para la sustitución de calentadores de agua caliente sanitaria instantáneos a gas con potencia de hasta 24,4 kW, por calentadores de gas de cámara de combustión abierta y tiro natural.

Enlaces

Ver Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

Ver R.D. 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Ver R.D. 1826/2009 modifica el R.D. 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Ver Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.