Diferencia entre revisiones de «Orden TIN/2504/2010 Acreditación servicios de prevención»

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En el artículo 1 y 2 de esta Orden, se fijan los requisitos mínimos materiales y humanos que deben disponer los [[Servicio de Prevención]] tanto Ajenos como Mancomunados. Una vez cumplidos estos requisitos, en el siguiente artículo detalla cómo hacer la solicitud de acreditación como entidad autorizada.
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En el Capítulo segundo, se detallan las características y contenidos de la Memoria anual fijada por el art 20 del [[R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención]]. Y la obligación de puesta a disposición de la misma, a la autoridad competente.
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En el último Capítulo de la Orden, se indican las condiciones mínimas para poder realizar Auditorías del Sistema de prevención de las empresas. Para poder realizar esta labor, se necesitará estar autorizado. En el artículo 9 nos explica como solicitarlo.
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Ver [http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/TextosLegales/Ordenes/2010/PDFs/ordentin25042010de20deseptiembreporlaquesedesarrollae.pdf Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas].
 
Ver [http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/TextosLegales/Ordenes/2010/PDFs/ordentin25042010de20deseptiembreporlaquesedesarrollae.pdf Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas].
  
 
Ver [[R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención]].
 
Ver [[R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención]].

Última revisión de 12:16 23 ene 2015

Contenido

En el artículo 1 y 2 de esta Orden, se fijan los requisitos mínimos materiales y humanos que deben disponer los Servicio de Prevención tanto Ajenos como Mancomunados. Una vez cumplidos estos requisitos, en el siguiente artículo detalla cómo hacer la solicitud de acreditación como entidad autorizada.

En el Capítulo segundo, se detallan las características y contenidos de la Memoria anual fijada por el art 20 del R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención. Y la obligación de puesta a disposición de la misma, a la autoridad competente.

En el último Capítulo de la Orden, se indican las condiciones mínimas para poder realizar Auditorías del Sistema de prevención de las empresas. Para poder realizar esta labor, se necesitará estar autorizado. En el artículo 9 nos explica como solicitarlo.

Enlaces

Ver Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

Ver R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.