Diferencia entre revisiones de «Equipo de protección individual (EPI)»
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Revisión de 08:50 30 sep 2014
Definición
Se entenderá por Equipo de protección individual (EPI) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
Extraída del art.4 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.