Disolvente orgánico
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Definición
Se denomina Disolvente orgánico, a todo Compuesto Orgánico Volátil que se utilice sólo o en combinación con otros agentes, sin sufrir ningún cambio químico, para disolver materias primas, productos o materiales residuales, o se utilice como agente de limpieza para disolver la suciedad, o como disolvente, o como medio de dispersión, o como modificador de la viscosidad, o como agente tensoactivo, plastificante o protector.
Extraída del art. 2 del R.D. 117/2003 Limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles.
Enlaces
Ver R.D. 117/2003 Limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles.