EPI: cabeza y cráneo

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Definición

El casco de protección, como Equipo de Protección Individual que es, debe utilizarse cuando los riesgos presentes en el lugar de trabajo no se evitan con medios de protección colectiva técnicos o bien por medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. La cabeza del operario puede verse agredida dentro del ambiente laboral por distintas situaciones de riesgo, entre las que cabe destacar:

  • Riesgos Mecánicos. Caída de objetos, golpes y proyecciones.
  • Riesgos Térmicos. Metales fundidos, calor, frío.
  • Riesgos Eléctricos. Maniobras y/u operaciones en alta y baja tensión.

El empresario, implicará a los trabajadores y a sus representantes en la empresa o establecimiento, en la elaboración del proceso de apreciación:

  1. Elección de los modelos.
  2. Principio de utilización.

El análisis de los riesgos no responde a criterios generales y debe ser realizado por el empresario teniendo en cuenta el origen y forma de los riesgos, caídas de objetos, choques, contacto con elementos en tensión, condiciones de frío o calor, contacto con llamas.

No basta con hacer referencia a riesgos por caída de objetos. Habrá que indicar la forma de los objetos (si son romos o puntiagudos), en su peso aproximado, alturas de caídas, impactos en caída libre o proyectados a velocidad.

Características de los cascos

  • Capacidad de amortiguación de los choques
  • Resistencia al impacto en caída libre.
  • Resistencia a las proyecciones de objetos a velocidad.
  • Grado de aislamiento.
  • Resistencia a la perforación.
  • Mantenimiento de las funciones de protección a bajas y altas temperaturas.
  • Resistencia a la llama.

Los cascos deben asegurar como mínimo las siguientes prestaciones:

Cascos de protección N

  • Caída de objetos romos con energía máxima de impacto de 4,5 Kgm (44 J)
  • Caída de objetos puntiagudos con energía máxima de impacto de 1 Kgm (9,8 J).
  • El margen de temperaturas de utilización es de 5 a 50 ºC.
  • No les afecta las condiciones de humedad o lluvia.

Pueden utilizarse en trabajos con riesgos eléctricos a tensiones iguales o inferiores a 1.000 Voltios, debiendo tener presente que los cascos no son equipos de protección para riesgos eléctricos, independientemente de que posean ciertas prestaciones dieléctricas con el fin de prevenir contactos eléctricos accidentales.

Casco de protección E-B

Resisten igual que los cascos N, pero el margen de temperaturas de utilización es de -15 a 50 ºC.

Cascos de protección E-AT

Presentan la misma resistencia mecánica que los cascos N, pero pueden utilizarse para tensiones de hasta 20 kV.

Estos cascos de protección E-AT están diseñados para proteger de riesgos mecánicos, estando sus características dieléctricas encaminadas a prevenir contactos eléctricos accidentales.

Clase E-B

Especial para bajas temperaturas.

Los cascos de protección homologados por el Ministerio de Trabajo cumplen entre otros, los siguientes requisitos de peso y dimensiones:

  • El peso del casco deberá ser inferior a 450 gramos.
  • El volumen de aireación será tal que la luz libre, entre la cabeza del usuario y el casquete, superará los 21 mm.
  • La anchura de la banda de contorno será como mínimo de 25 mm.

Pueden existir cascos de protección especiales para diversidad de riesgos asociados al de impacto para el que específicamente están diseñados. Dichos cascos especiales deberán cumplir requisitos para dichos riesgos y sus características técnicas estarán avaladas por el suministrador o la marca de calidad correspondiente.

Utilización del casco

El trabajador deberá conocer las limitaciones del casco que va a llevar, los riesgos presentes en el lugar de trabajo. El empresario, facilitará la información que sea pertinente y la complementará con las actividades formativas que crea oportunas.

  • El trabajador deberá ser informado del significado de la marca de calidad, donde se especifica la clase de protección o utilización específica.
  • El empresario solicitará del suministrador las instrucciones de uso y adiestrará en las mismas al usuario.
  • Los cascos de protección serán destinados al uso individual.

La caducidad del casco

La caducidad de un casco de protección viene determinada por el tiempo en que conserva su función protectora. Deberemos vigilar su estado y que no muestren alguna de las características siguientes.

  • Grietas o agujeros en el casco.
  • Rotura del arnés.
  • Abolladuras sensibles en la parte superior que disminuyan peligrosamente la luz libre.
  • Deformaciones permanentes que impidan una correcta adaptación del casco sobre la cabeza.
  • Aumento considerable del peso debido a las condiciones de uso.

Los cascos de protección expuestos a radiaciones ultravioleta, serán desechados, cuando:

  • Aparezcan marcas circulares alrededor del punto de inyección de la cima del casquete.

Dichas marcas denotan cristalización y fragilidad del material, disminuyendo notablemente la resistencia de los cascos a los choques.

Siempre que no se observen alteraciones señaladas puede estimarse que los cascos de protección utilizados en condiciones normales mantienen su función protectora durante tres años como mínimo.

Enlaces

Ver Equipo de Protección Individual.

Ver Protección colectiva.

Ver EPI: aparato auditivo.

Ver EPI: ojos y cara.

Ver EPI: vías respiratorias.

Ver EPI: extremidades y la piel.

Ver EPI: tronco, abdomen y cuerpo.

Elaborado por

Remedios López León. Técnico en Prevención de Riesgos Laborales en las tres especialidades. COTPRL nº 0718. linkedin. Forma-te remedioslopezleon.info