Diferencia entre revisiones de «Documento individual para el seguimiento radiológico»
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Definición
El Documento individual para el seguimiento radiológico es un documento público, personal e intransferible. Cuyo formato y contenido está fijado por el Consejo de Seguridad Nuclear, quien los expedirá con un número de identificación único, tras solicitud de los interesados.
Este documento contendrá:
Al ser asignado al trabajador
- Datos identificativos del trabajador: incluyendo sexo y fecha de nacimiento.
- Datos dosimétricos del trabajador previos a los trabajos.
- Datos de la empresa del trabajador: Nombre, dirección, fecha y número de inscripción en el Registro de Empresas Externas…
Antes de realizar los trabajos
- Clasificación médica de trabajador según el Reglamento contra Radiaciones Ionizantes.
- Fecha de la última revisión médica.
- Datos dosimétricos del trabajador actualizados.
- Detalles sobre la formación recibida por el trabajador sobre protección radiológica.
Después de finalizar los trabajos
- Identificación de la instalación, y periodo de duración.
- Dosis asignada por el sistema dosimétrico operacional provisionalmente.
- Dosis mensual asignada por el sistema dosimétrico oficial.
- Actividad incorporada y dosis comprometida, si ha podido existir riesgo de contaminación interna.
- Dosis equivalente efectiva.
Enlaces
Ver R.D. 783/2001 Reglamento contra radiaciones ionizantes.
Ver R.D. 413/1997 Trabajadores externos con radiaciones ionizantes en zona controlada.