Diferencia entre revisiones de «Agente biológico»
De PRLwiki
Línea 17: | Línea 17: | ||
==Enlaces== | ==Enlaces== | ||
Ver [[R.D. 664/1997 Agentes biológicos]]. | Ver [[R.D. 664/1997 Agentes biológicos]]. | ||
+ | |||
+ | Ver [http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/NTP/NTP/Ficheros/1008a1019/NTP-1020w.pdf NTP 1020: Riesgos biológicos en silvicultura, explotación forestal y jardinería: prevención]. |
Última revisión de 01:13 13 nov 2015
Definición
Los agentes biológicos son microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.
Extraída del art. 2 del R.D. 664/1997 Agentes biológicos.
Clasificación
Los agentes biológicos se clasifican, en función del riesgo de infección, en cuatro grupos:
- Grupo 1: aquél que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre;
- Grupo 2: aquél que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz;
- Grupo 3: aquél que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz;
- Grupo 4: aquél que causando una enfermedad grave en el hombre supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.
Enlaces
Ver R.D. 664/1997 Agentes biológicos.
Ver NTP 1020: Riesgos biológicos en silvicultura, explotación forestal y jardinería: prevención.